CAMYEN S/ MINA EL CARMEN - La justicia negó la intervención a ambientalistas

 

El Juzgado Electoral y de Minas de Catamarca rechazó el pedido realizado por Roberto Cecenarro y otros, en los autos caratulados  CAMYEN S/E. s/  Mina Vacante “El Carmen” ubicada en nuestro departamento Andalgalá. 

 

Los peticionantes aseguran que les niegan información sobre el resultado de impacto ambiental.


El Juzgado Electoral y de Minas de Catamarca, a cargo del juez Guillermo Cerda, rechazó la solicitud de un grupo de ambientalistas de nuestro departamento Andalgalá, que solicitan intervenir como terceros interesados en el proceso en el que la empresa Catamarca Minera y Energética Sociedad del Estado (Camyen) persigue la obtención de la concesión de la propiedad minera de la mina “El Carmen”.Con fecha del 15 de junio el juez de Minas confeccionó una cédula de notificación en la cual se explican los fundamentos por los cuales se niega la solicitud de los peticionantes en los autos Expte N° 43/2013 caratulado Camyen S.E s/ Mina Vacante “El Carmen” Dpto. Andalgalá.
Roberto Cecenarro, Sergio Martínez y otros activistas sostienen en el Proceso Judicial que atentos a que Camyen busca obtener la concesión del yacimiento, ubicado en Cerro Atajo en el departamento Andalgalá, para su exploración y explotación  y a que este tipo de emprendimientos genera consecuencias perjudiciales en la vida de los seres humanos y animales, los vecinos del pueblo de Andalgalá tienen derecho a acceder a los informes que se registran en los expedientes administrativos y judiciales en los cuales se debate la materia ambiental.
Agregan que es necesaria la participación ciudadana y ser parte de los procesos judiciales mencionados a raíz de la incidencia directa que tendrían las resoluciones que allí se adopten sobre su vida y ambiente.
Atento a esto también denuncian que la Secretaría de Minería de la provincia no les permitió el acceso a la información al negarles la copia del informe del impacto ambiental que fuera solicitado el 14 de mayo de 2015.
Luego de ordenado el traslado Camyen fue la encargada de responder la presentación de los ambientalistas. La empresa solicitó el rechazo de la pretensión de la parte actora de participar como terceros y por otra parte manifestó que la Sociedad del Estado no niega el derecho al acceso a la información ambiental que poseen todos los ciudadanos pero ello no justifica la intención de ser tenidos como terceros interesados.
Finalmente el juez Cerda resuelve rechazar el pedido de Cecenarro y compañía ya que “La intervención de terceros tiene lugar cuando durante el desarrollo del proceso se incorporan a él personas distintas de las partes originarias con el objeto de hacer valer derechos o intereses propios”.
Por esa razón agrega que “Dicha definición deja sin chance a los presentantes de intervenir como terceros” ya que pasaron mas de 60 días desde la publicación del proceso en el Boletín Oficial, que es el tiempo establecido como límite para que la parte actora pueda solicitar intervenir como tercero interesado.
Por último, respecto del pedido de acceso a la información Cerda lo rechaza por dos razones.
En primer lugar señala que no es Camyen quien debe informar al respecto, sino la Secretaría de Minería.
Y en segundo lugar señala que el Código de Procedimientos Mineros en su artículo dispone que “Todo interesado en uno o más expedientes mineros tendrá derecho en cualquier tiempo a conocer el estado de los mismos, estudiándolos por sí o por medio de sus representantes en mesa de entrada del juzgado”.